Modificación del RGC, RGV y LTSV: nuestros comentarios y aportaciones

Modificación del RGC, RGV y LTSV: nuestros comentarios y aportaciones

Enviamos nuestros comentarios a la modificación del RGC dirigidos a la protección de los más vulnerables, los peatones, y al favorecimiento del transporte público y el ciclismo urbano e interurbano.

Detectamos medidas en el proyecto y en otras aportaciones que no representan una protección real de los peatones, sino una respuesta a posibles intereses.

En el día de hoy hemos enviado nuestros comentarios y aportaciones al proyecto de modificación del Reglamento General de Circulación, cuyo plazo de trámites de audiencia e información pública comenzó el día 26/06/2024, como anunciamos en su momento.

Esta modificación llevaba asociado también el cambio de algunos artículos del Reglamento General de Vehículos y la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

El documento con los comentarios a la modificación del RGC de Modelo Madrid está disponible, cualquiera puede usarlo de guía para enviar sus comentarios a la DGT. Puede descargarse aquí:

A continuación mostramos un resumen de nuestras aportaciones:

Artículo 12. Normas relativas a ciclomotores y motocicletas

En el proyecto vemos que parece retirarse el derecho a que bicicletas y otros ciclos puedan usar remolques o sillas adicionales para menores en vías interurbanas. Creemos que se debe a un error por omisión al proyectarse una compartimentación de la normativa referente a ciclos en vías urbanas en el nuevo Título VI.

Nuestra propuesta es incluir de nuevo autorización para usar remolques en bicicletas y otros ciclos en vías interurbanas, tal como lo hace el artículo 177.3 para vías urbanas.

Artículo 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra

En este caso hemos pedido que se especifique:

  • Que el cómputo de carriles debe especificarse en el sentido de la marcha.
  • Que el adelantamiento estará prohibido siempre que haya tráfico en sentido contrario.

Las expresiones como no adelantarponiendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas” son ambiguas y dejan a criterio del conductor algo que perfectamente puede estar tasado: no adelantar nunca si hay tráfico en sentido contrario, incluso por el arcén.

Artículo 175.1. Normas básicas relativas a movilidad y estancia de peatones en la vía pública.

Celebramos la prohibición de circulación de vehículos por aceras. No obstante, esta prohibición es contradictoria con la posibilidad de pintar una línea sobre una acera y habilitar una acera-bici, de la que puede aprovecharse cualquier ayuntamiento.

Si el objetivo de esta modificación del RGC es la protección de los usuarios más vulnerables, debe desautorizar la delimitación de nuevas aceras-bici, así como instar a su eliminación en un plazo de tiempo razonable.

Por todo ello, proponemos, además de prohibir circular cualquier vehículo por aceras, instar a los municipios mediante una disposición transitoria o adicional a eliminar las aceras bici.

Artículo 176. Normas básicas de circulación de bicicletas

Punto 1

En este punto la DGT está proponiendo la obligatoriedad de cualquier carril bici. Algo en lo que sólo podemos estar en contra y que, como llevamos explicando ya durante años, no contribuye en absoluto a la seguridad ciclista, ni siquiera para su uso recreativo, en trama urbana.

Por ello, nuestra propuesta es incorporar la redacción del artículo 167.3 y 167.4 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid:

Las bicicletas circularán por la calzada, por carriles específicos o zonas habilitadas para tal fin. No es obligatoria la circulación ciclista por los carriles específicos, salvo señalización expresa que así lo indique

Punto 2

Entendemos que en este punto se pretende autorizar la circulación de bicicletas por zonas peatonales, cuando en el artículo 175.1 es la autoridad municipal quien ha de permitirlo. No nos parece conveniente que este proyecto de modificación del RGC autorice indiscriminadamente la circulación de bicicletas por zonas peatonales, por lo que hemos sugerido que la redacción lo prohíba en aceras con las excepciones previstas en el artículo 175.1 para menores de 12 años (como ya hace) y deje a la autoridad municipal la posibilidad de permitirlo en el en el resto de zonas peatonales que considere oportuno.

Punto 3

A excepción de circunstancias tales como evitar un bache, un morro de otro vehículo en un cruce, un peatón que cruce la calzada súbitamente, una puerta abierta de un coche aparcado o en doble fila u otra similar, no existe condicionante de seguridad alguno que evite que un ciclista ocupe la parte central del carril de circulación que esté utilizando en ese momento.

La posición centrada en el carril es la más conveniente por disposición de espacio lateral para evitar obstáculos, mayor amplitud de ángulo de visión en intersecciones y por ser también la posición en la que el ciclista es más visible para el resto de vehículos. Además, circular en bicicleta ocupando el carril por completo usando su parte central envía un mensaje clarísimo a quien pretenda adelantarlo con un vehículo a motor: deberá adelantar cambiando al carril adyacente. Si no hay otro carril de circulación, no se puede adelantar al ciclista.

Por tanto, la posición de circulación que un ciclista debe ocupar en vías urbanas es el centro del carril, por su propia seguridad y por la del resto de usuarios, especialmente la de los más vulnerables.

Nuestra sugerencia, por tanto, encaminada a que se especifique el centro del carril como el lugar que, de forma inequívoca, los ciclistas deben ocupar en vías urbanas en la calzada, es incorporar la redacción de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid. Este texto se introdujo mediante enmienda por el Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Madrid y ha demostrado ser una de las medidas que más han aumentado la seguridad de los ciclistas a lo largo de los años:

Al circular por la calzada, las bicicletas circularán ocupando la parte central del carril que estén utilizando en ese momento. En vías con más de un carril por sentido, circularán preferentemente por el carril situado más a la derecha, si bien podrán utilizar el resto de carriles para facilitar el itinerario a realizar o debido a otras circunstancias en las condiciones del tráfico.

Punto 5

Sobre los adelantamientos a ciclistas y entre ciclistas o VMP, creemos que se debe asegurar que, en vías urbanas, se ha de cambiar por completo de carril, independientemente del modo de propulsión del vehículo con el que se pretende adelantar. Una maniobra diferente es la de filtrado en retenciones semafóricas o atascos, que se puede realizar entre carriles para alcanzar una posición más adelantada, pero con tráfico detenido. La impresión que nos llega de la redacción del proyecto es que parece autorizar adelantamientos entre ciclistas y VMPs por el mismo carril y por ambos lados, lo cual es peligroso y debería estar prohibido.

Por ello hemos querido puntualizar dos cosas:

  • Para adelantar vehículos en movimiento se debe realizar cambio de carril. Y así evitar adelantamientos inesperados de vehículos pequeños que por tamaño caben por ambos laterales en el mismo carril cuando una bici circula por su parte central.
  • Para rebasar tráfico detenido en semáforos o retenciones sí vemos correcto hacerlo por ambos lados de los vehículos detenidos. Sin embargo, aclararíamos que ese rebasamiento se realiza para alcanzar una posición más adelantada sin tener que especificar hasta dónde debe llegarse. Podría no haber hueco en la ZDA, desconocer si existe ésta o ser más conveniente quedar tras un vehículo pesado.

Punto 7

Hemos sugerido la eliminación de este punto porque no vemos que concuerde con la intención de este proyecto de modificación del RGC la autorización de circulación de vehículos por aceras, independientemente de quién lo autorice.

Artículo 179. Régimen de parada y estacionamiento

El estacionamiento de vehículos en aceras debería estar prohibido en el caso de todos los vehículos a motor y, en la medida de lo posible, facilitado fuera de las aceras al resto de vehículos mediante la implantación de reservas sin horquillas para motos y otros vehículos «sharing» y con horquillas para bicicletas y VMP privados. Aparcar vehículos en aceras es siempre una fuente de conflictos y un perjuicio para la movilidad peatonal e incluso para el paisaje de las ciudades y pueblos.

Los perjuicios son variados: impedir o dificultar el tránsito a pie por aceras, impedir la correcta interacción con los bordillos, pérdida de líquidos lubricantes, la saturación visual de reclamos publicitarios por constituir, por ejemplo, un soporte publicitario el propio vehículo de alquiler… Permitir el aparcamiento de vehículos en aceras termina derivando en que, cuando no se ocupan por terrazas, las orejetas y ampliaciones de aceras terminan ocupadas por vehículos, cuando deberían ser lugares de tránsito o estancia de peatones.

Por todo ello sugerimos esta redacción:

Los Ayuntamientos, a través de ordenanza municipal, podrán regular el estacionamiento de los vehículos a motor de dos y tres ruedas en reservas específicas o hilera de aparcamiento, pero nunca en aceras ni en zonas peatonales.

Disposición final primera

En esta disposición se modifican los conceptos 2, 59, 74, 75, 76 y 77, y se añaden los conceptos 83, 84, 85 y 86 en el anexo I del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Hemos solicitado incluir a los usuarios de transporte público como usuarios vulnerables. Estos usuarios lo son tanto si están siendo transportados como en los instantes previos y posteriores al acceso o bajada del vehículo de transporte público.

La justificación para esta consideración es que los usuarios vulnerables suelen ser los usuarios más frecuentes del transporte público. Especialmente si se trata de transporte en superficie. Para estos usuarios el bordillo y la zona de subida y bajada de viajeros debe estar libre de obstáculos y de circulación de vehículos.

El entorno de la parada de transporte público también debe estar libre de obstáculos y vehículos en circulación. Los usuarios de transporte público no esperan encontrar obstáculos entre la acera y el autobús al que tratan de acceder. Tampoco pueden prever que haya obstáculos o vehículos en circulación al bajar de un autobús. Esto es especialmente importante en el caso de personas ciegas. Además del peligro ya expresado en su caso, los cambios de encaminamientos y pavimentos o rampas suponen una dificultad adicional y una posibilidad de desorientarse.

En Madrid, Alcalá de Henares y Leganés ya hemos detectado 208 paradas de autobús con un carril bici en su ámbito peatonal, 159 en Madrid, 36 en Alcalá de Henares y 13 en Leganés.

Parada de autobús con acera-bici en la zona de subida y bajada de viajeros en el Paseo de la Dirección de Madrid.
Parada de autobús con acera-bici en la zona de subida y bajada de viajeros en el Paseo de la Dirección de Madrid.

En Copenhague, ciudad usada frecuentemente como ejemplo de altísimo uso de bicicleta, se realizó este estudio tras la instalación de carriles bici en paradas de autobús: se incrementaron un 519% los atropellos a peatones.

Tabla del estudio "Bicycle Tracks and Lanes: a Before-After Study" que muestra un aumento del 519% tras la instalación de carriles bici rodeando paradas de autobús.
Tabla del estudio “Bicycle Tracks and Lanes: a Before-After Study”. Muestra un aumento del 519% tras la instalación de carriles bici rodeando paradas de autobús.

Ojalá Copenhague hubiera pensado antes en los perjuicios que se iban a causar a los usuarios más vulnerables implantando «bypasses» en las paradas de transporte público.

Por todo ello, nuestra propuesta es la eliminación de aceras-bici.

Abiertos trámites de audiencia e información pública del proyecto de reforma del RGC

Abiertos trámites de audiencia e información pública del proyecto de reforma del RGC

El plazo para remitir aportaciones al proyecto de modificación del Reglamento General de Circulación en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía durará un mes.

Una vez anunciadas las nuevas medidas para la reforma del Reglamento General de Circulación, se ha iniciado hoy el plazo para los trámites de audiencia e información pública que se prolongará durante un mes, hasta el próximo 26 de julio de 2024. Durante este mes cualquier ciudadano puede presentar sus aportaciones al texto del proyecto. El Reglamento General de Circulación actualmente en vigor puede consultarse en este enlace.

Además, también se ha publicado la memoria del análisis de impacto normativo.

Animamos a toda la ciudadanía interesada, tanto de forma particular como a través de asociaciones u otras organizaciones que les representen, a enviar sus aportaciones dirigiéndolas a la dirección de correo: participacion.normativa@dgt.es.

Próximamente publicaremos nuestro documento que podrá ser utilizado por quien lo necesite como guía.

Toda la información del proceso de reforma del Reglamento General de Circulación puede consultarse en este enlace del Ministerio del Interior.

La DGT ultima reforma del Reglamento General de Circulación

Agentes de Movilidad de Madrid

DGT anuncia las nuevas medidas incluidas en la reforma del Reglamento General de Circulación, que cambian sustancialmente en el caso de usuarios vulnerables.

Para todos los usuarios de vehículos, se reducen las tasas de alcoholemia para conductores noveles y profesionales a 0,20 gramos por litro de alcohol en sangre (el límite ahora es de 0,30) o 0,15 miligramos por litro de aire espirado (0,10 en la actualidad).

La Dirección General de Tráfico ultima las nuevas medidas que se incluirán en una próxima reforma del Reglamento General de Circulación, enfocada a aumentar la seguridad de los usuarios más vulnerables: peatones, ciclistas, usuarios de VMP, ciclomotores y motos. Estas medidas son el resultado de un trabajo comenzado hace más de tres años.

Resumimos las principales medidas propuestas por partes.

Movilidad peatonal: aparcamiento en aceras y #Abusharing

Las aceras serán exclusivas de los peatones y “se restringirá al máximo la circulación y el estacionamiento de vehículos con el fin de proteger a las personas, sobre todo las personas con movilidad reducida“. Si bien es una medida muy esperada y deseada por nosotros y seguro que también por colectivos en defensa de la movilidad peatonal, queda abierto el margen de restricción de estacionamiento de vehículos en aceras. Tendrá que concretarse en la reforma del RGC.

No se prohíbe el estacionamiento de vehículos en aceras totalmente y habrá que ver en qué queda, pues la ordenación del tráfico es competencia municipal y existen mecanismos actualmente para permitir el estacionamiento pasando por encima de cualquier restricción. Esperamos que esta medida suponga el fin del #Abusharing.

Patinetes de sharing ilegalmente aparcados en Madrid.
Patinetes de sharing ilegalmente aparcados en Madrid.

Tampoco se habla de prohibir totalmente la circulación de vehículos por las aceras, por lo que tampoco somos optimistas en cuanto a la eliminación de las aceras bici, los carriles bici en aceras o los carriles bici en el ámbito peatonal de las paradas de transporte público. Estas infraestructuras son un riesgo para peatones y usuarios de transporte público, en especial para personas con movilidad reducida, personas con discapacidad visual o con problemas para interpretar el entorno. También suponen un alto riesgo para los usuarios de bicicletas y VMP, aunque gozan de aceptación por la “seguridad percibida“.

También se prevé prohibir las plazas de aparcamiento en las inmediaciones de los pasos de peatones para aumentar la visibilidad y facilitar la accesibilidad, algo que ya estaba contemplado en la instrucción 4/2017 del Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, y que llevamos años intentando hacer cumplir al Ayuntamiento de Madrid para que no sitúe, por ejemplo, aparcabicis en aceras y zonas peatonales.

Un caso especial de la reforma del Reglamento: caminos escolares seguros

El nuevo Reglamento General de Circulación reconocerá los “caminos escolaresseguros para proteger mejor a niños y personas de edad avanzada o con movilidad reducida. Una medida aún sin concreción.

Ciclistas y usuarios de VMP

Las bicicletas circularán por la calzada y preferentemente por el centro del carril. Una medida que ya está incorporada en muchas Ordenanzas de Tráfico y Movilidad municipales, nuestro consejo más repetido para la circulación de bicicletas en cualquier municipio y que ahora podrá verse incluida en la reforma del Reglamento General de Circulación. Por tanto, la medida será válida en todo el país.

Se establece también una distancia de seguridad con los ciclistas de al menos cinco metros con la bicicleta que circule por delante de un vehículo a motor.

Los usuarios de VMP deberán usar casco homologado de forma obligatoria y portar, al menos, un elemento luminoso o retrorreflectante en situaciones de baja visibilidad o por la noche.

Quienes usen de forma profesional ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal deberán usar chaleco reflectante de alta visibilidad en vías urbanas. Esto, aunque puede suponer una incomodidad adicional, quizá sea debido a la situación de la iluminación en estos vehículos.

En situaciones de atasco en vías urbanas se permitirá a las bicicletas rebasar vehículos detenidos por derecha e izquierda. Algo que ya estaba de facto permitido con ciertas limitaciones.

Se introduce también la posibilidad de regular que los ciclistas circulen en sentido contrario en calles de un único carril con limitación de velocidad máxima de 30 km/h. Actualmente en Madrid esto está permitido si se trata de una calle residencial con límite de 20 Km/h. Esta medida eliminaría la condición de que la calle esté señalizada con la señal S-28 y aumentaría el limite máximo de velocidad de la vía en la que esto estaría permitido.

Señal S-28 "calle residencial".
Señal S-28 “calle residencial”.

Ciclistas en carretera

En carretera se suprimirá la excepción del uso del casco en pendientes ascendentes prolongadas, por razones médicas o en condiciones extremas de calor para los ciclistas, con lo que el casco en bicicleta será obligatorio siempre en carretera y sin excepciones.

En cuanto a los adelantamientos a ciclistas con vehículos a motor, éstos deben ir como máximo a 20 km/h menos que el límite de velocidad de la vía. Además se debe dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros y en algunos supuestos se deberá cambiar por completo de carril. Suponemos que seguirá siendo obligatorio invadir parcial o totalmente el sentido contrario en caso de haber sólo un carril por sentido y será obligatorio cambio de carril por completo si existe más de un carril por sentido.

Los ciclistas en carretera tendrán que portar al menos un elemento luminoso o retrorreflectante en momentos de escasa visibilidad o por la noche para que puedan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.

Resto de vehículos

En vías urbanas, los usuarios profesionales de motos, ciclomotores, al igual que en el caso de usuarios profesionales de ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal, deberán usar chaleco reflectante de alta visibilidad. Además, todos los usuarios de motos y ciclomotores tendrán que usar calzado cerrado obligatoriamente.

Además los cascos de quienes viajen en ciclomotor deben estar obligatoriamente homologados y no solamente certificados. Sus conductores y pasajeros también deben llevar guantes de protección y calzado cerrado en cualquier vía.

Se establecerán normas para el estacionamiento de las autocaravanas o se permitirá que los ayuntamientos puedan sancionar cuando se incumplan las condiciones reglamentarias.

Resto de vehículos en carretera

Respecto a los motoristas, se permitirá que circulen por el arcén cuando haya retenciones y se obligará a sus conductores y pasajeros a llevar guantes de protección y casco integral o modular. También será obligatorio usar calzado cerrado en motos y ciclomotores, como en el caso de las vías urbanas.

Los autobuses tendrán limitada la velocidad máxima en carretera a 80 km/h cuando viajen pasajeros de pie o si el autobús carece de cinturones de seguridad.

En autovías y autopistas, los vehículos deberán circular por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los vehículos de emergencia y quitanieves, además de deber orillarse para dejar un carril de emergencia cuando haya retenciones importantes.

“+ aceras, – coches”: vecinos de Fuencarral convocan paseo en el barrio

“+ aceras, – coches”: vecinos de Fuencarral convocan paseo en el barrio

Los vecinos de Fuencarral reivindican más anchura de aceras en todas las calles, especialmente en la Calle Nuestra Señora de Valverde, en la que la acera llegan a desaparecer o presentan barreras.

Reducción del tráfico de coches, ampliación de aceras y espacios peatonales y la supresión de barreras para la movilidad peatonal, sus principales reivindicaciones.

Los vecinos de Fuencarral convocan un paseo reivindicativo por la pacificación de la Calle de Nuestra Señora de Valverde. El proceso de pacificación incluiría reducción del tráfico de coches, ampliación de aceras y eliminación de barreras para la movilidad peatonal, entre otras medidas. Todas las reivindicaciones perfectamente justificadas y comprobables con un simple paseo por el barrio.

Los convocantes declaran en su convocatoria que la Calle de Nuestra Señora de Valverde “conserva el trazado típico de un pueblo de principios del siglo XIX, donde tanto carros como peatones compartían el mismo espacio, sin distinciones claras”. Esto que podría ser más o menos posible en aquél tiempo, en nuestros días es inviable por la naturaleza de los vehículos a motor que la transitan y, sobre todo, por la especial protección que merecen los peatones en general y las personas con movilidad reducida particularmente.

En la propia Calle de Nuestra Señora de Valverde se pueden ver lugares en los que se rompe la continuidad de las aceras por escalones, rampas o por su completa desaparición. La anchura de la calle es muy reducida en determinados puntos y a través de los años siempre se ha optado por favorecer el tráfico a motor en detrimento de la movilidad peatonal.

Convocatoria de paseo vecinal en Fuencarral

El paseo tendrá lugar el próximo martes, 11 de junio de 2024 a las 19:00h. El punto de encuentro será en la Calle de las Islas Jarvi, 1.

Mapa de situación del punto de encuentro para el paseo reivindicativo en Fuencarral. El punto de encuentro se sitúa en la calle Islas Jarvi, 1. El paseo comenzará el día 10/06/2024 a las 19:00 horas.
Mapa de situación del punto de encuentro para el paseo reivindicativo en Fuencarral.

El paseo reivindicativo está convocado por:

Modelo Madrid apoya la convocatoria y desde aquí animamos a todos los vecinos de Madrid a acudir.

La pasarela de Marqués de Zafra comienza obras de rehabilitación

La pasarela de Marqués de Zafra comienza obras de rehabilitación

Los trabajos incluirán la sustitución de sus 20 tirantes.

El presupuesto de 2,8 millones de euros, incluirá la construcción de nuevos anclajes, reparación del tablero y renovación del alumbrado.

La pasarela de Marqués de Zafra, también conocida como de La Paz y que une la Elipa y Ventas con el parque de la Quinta de la Fuente del Berro sobre la M-30, fue proyectada hace ya medio siglo por el prestigioso ingeniero Javier Manterola y fue la primera atirantada de Madrid y la tercera de este tipo que se construyó en España.

La pasarela de La Paz estará de obras para su rehabilitación integral. La obra está siendo realizada por Madrid Calle 30 y su terminación está prevista para finales de este año.

Paloma García Romero, Cayetana Hernández de la Riva y Nadia Álvarez en la pasarela de Marqués de Zafra, actualmente en proceso de rehabilitación.
Paloma García Romero, Cayetana Hernández de la Riva y Nadia Álvarez en la pasarela de Marqués de Zafra, actualmente en proceso de rehabilitación.
Foto: Ayuntamiento de Madrid.

Los trabajos consisten en la sustitución de los 20 tirantes, la construcción de nuevos anclajes verticales en los estribos, la reparación de las zonas deterioradas del tablero junto con la mejora de su drenaje e impermeabilización con un nuevo pavimento de resina de poliuretano coloreada. También está previsto retirar y sustituir barandillas, renovar el alumbrado e instalar un sistema para la monitorización de las vibraciones o el comportamiento de la estructura con los cambios de temperatura y el viento.

Ha sido necesario cortar el paso a peatones, que cuentan con una alternativa en la pasarela de Ramón de Aguinaga, entre Fuente del Berro y la calle de San Marcelo, a unos 200 metros.

Mapa de situación de la pasarela de Ramón de Aguinaga.
Situación de la pasarela de Ramón de Aguinaga.

Comunidad de Madrid amplía recorrido y frecuencias de 3 líneas de autobús interurbano

Comunidad de Madrid amplía recorrido y frecuencias de 3 líneas de autobús interurbano

Se amplía el recorrido de la línea de autobús interurbano de Madrid 211 en Paracuellos de Jarama y la y 213 comienza a operar también los fines de semana, beneficiando a Paracuellos de Jarama y Belvis de Jarama.

La línea de autobús interurbano de Madrid 510A entre Alcorcón y Villaviciosa de Odón duplica sus frecuencias.

Ampliación de recorrido en líneas de autobús interurbano del este

La Comunidad de Madrid ha anunciado que aumenta el servicio de tres líneas de buses interurbanos para mejorar la conexión de cuatro municipios con la capital: Paracuellos del Jarama, Belvis de Jarama, Alcorcón y Villaviciosa de Odón.

En el caso de Paracuellos, se ha ampliado el recorrido de la línea de bus interurbano 211 (Canillejas-Paracuellos de Jarama), prolongando el itinerario hasta la Avenida Mesa del Monte, atendiendo a una petición del municipio.

Autobús interurbano de Madrid 211.
Autobús interurbano de Madrid 211.

La misma medida se ha aplicado a la línea de bus interurbano 213 (Canillejas-Belvis de Jarama), que empezará a operar también durante los fines de semana.

Duplicado de frecuencias en línea de autobús interurbano 510A

En cuanto a la línea 510A (Colonia Jardín-Villaviciosa de Odón-Alcorcón), se han modificado sus horarios para coordinarlos con la 510 Alcorcón-Villaviciosa de Odón-El Bosque, duplicando su frecuencia en días laborables. De esta forma se pasa una expedición cada 30 minutos, en lugar de cada hora (de 33 a 65 viajes diarios). Una notable mejora en el transporte público en estos municipios.

Autobús interurbano de Madrid 510A en Alcorcón.
Autobús interurbano de Madrid 510A en Alcorcón.

Sustitución de marquesinas y postes de parada

Además, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras ha suscrito los convenios de colaboración con cuatro municipios para la sustitución de marquesinas y postes de paradas. Esta iniciativa, incluida en el Plan de Renovación de Mobiliario Urbano del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, ha supuesto la modernización de estas instalaciones en Daganzo de Arriba, El Boalo, Ribatejada y, próximamente, en Anchuelo.

Marquesina de parada de autobús interurbano de Madrid.
Marquesina de parada de autobús interurbano de Madrid.
Marquesina de parada de autobús interurbano de Madrid en Arroyomolinos.
Marquesina de parada de autobús interurbano de Madrid en Arroyomolinos.

Enlace al artículo en la web de Comunidad de Madrid: artículo.

La Policía Municipal de Madrid multa incorrectamente a un ciclista en la calle Casino

Boletín de denuncia a ciclista en calle Casino

El ciclista multado en la calle Casino circulaba legalmente según la Ordenanza de Movilidad Sostenible de la Ciudad de Madrid.

En calles residenciales de plataforma única limitadas a 20 Km/h está permitido circular en bici en contradirección. Los agentes de Policía Municipal de Madrid siguen demostrando desconocer la normativa municipal.


JF es un ciclista urbano madrileño habitual. Decidió entrar con su bici a la calle Casino en contradirección, como hacía habitualmente. Pero ese día, a la altura del número 8, un agente de Policía Municipal le dio el alto para denunciarle por circular con su bicicleta en contradirección. Algo, según el muy erróneo juicio del agente, “prohibido”.

El Ayuntamiento de Madrid ha devuelto el dinero tras interponerse recurso extraordinario de revisión, pero en todo el procedimiento se ha sucedido una cadena de errores que han puesto a un ciudadano en una situación indeseada e inmerecida.

Primer error: imposición de una multa injusta

JF circulaba con su bicicleta por la calle Casino, una calle residencial de plataforma única y de velocidad limitada a 20 Km/h en la que está permitido circular en bici en contradirección.

Entrada de la calle casino desde calle Embajadores. Calle de plataforma única con separación y señal S-28 (calle residencial).
Entrada de la calle casino desde calle Embajadores. Calle de plataforma única con separación y señal S-28 (calle residencial).
Lugar en el que se produjo la denuncia. Calle Casino, 8.
Lugar en el que se produjo la denuncia. Calle Casino, 8.

A la altura del número 8 de la calle, un agente de Policía Municipal de Madrid le dio el alto y le denunció por circular en dirección contraria con su bicicleta. Es evidente que el agente de Policía Municipal desconocía la normativa de Madrid y es grave que proceda a denunciar sin conocerla a la perfección. La Ordenanza de Movilidad Sostenible de la Ciudad de Madrid es clara a este respecto:

Artículo 169.1: Las bicicletas podrán circular en ambos sentidos de la marcha en ciclocalles, calles residenciales de plataforma única limitadas a 20 Km/h y en aquellas que, aun teniendo limitación a 30 Km/h, así se exprese

Ordenanza de Movilidad Sostenible de la Ciudad de Madrid.

Por ello, hicimos una consulta sobre la velocidad genérica al Ayuntamiento de Madrid a fin de asegurarnos de documentar adecuadamente un posible recurso:

La calle Casino carece de señales que indiquen límite de velocidad. Está señalizada, no obstante, como calle residencial mediante señal S-28. Es una calle de plataforma única de calzada y acera con elementos separadores de las zonas de calzada y acera.

Con estos datos necesitaría saber el límite genérico de velocidad de circulación por la calzada de la calle Casino y si existe algún punto del trazado de la calle en que el límite de velocidad sea diferente al genérico.

Extracto de la consulta dirigida al Ayuntamiento de Madrid.

La respuesta fue nada sorprendente.

Respuesta a la consulta sobre el límite genérico de velocidad en la calle Casino.
Respuesta a la consulta sobre el límite genérico de velocidad en la calle Casino.

Puede que para un agente de Policía Municipal imponer una sanción incorrecta no le suponga problema alguno. En algún caso puede que una queja. Para el ciudadano son varias las consecuencias: indefensión, nervios, desamparo, sensación de falta de profesionalidad del agente, la molestia de tener que discutir con alguien sin necesidad, la pérdida de tiempo en la discusión, en el papeleo posterior para formular alegaciones y la perspectiva de que si se comete algún error por el camino, se puede acabar teniendo que pagar una multa inmerecida. Y muy cuantiosa.

Boletín de denuncia a un ciclista que circulaba en contradirección en la calle Casino
Boletín de denuncia emitido por Policía Municipal.

El importe de la multa que le impusieron al ciclista ascendía a 500€. JF procedió, tal como le ampara la normativa, a formular alegaciones. Y aquí llega el segundo error administrativo.

Segundo error: la notificación de resolución sancionadora

Se intentó notificar a JF en una dirección incorrecta. JF hizo constar su dirección correcta en las alegaciones, pero se cometió algún tipo de error al transcribirla. Además, ni siquiera se respondió en la resolución a las alegaciones de JF, sino que se se baso únicamente en la presunción de veracidad del agente de Policía Municipal. Esto último fue un error adicional, ya que solo con consultar la Ordenanza de Movilidad Sostenible de la Ciudad de Madrid hubiera sido suficiente para anular la multa. Pero enfocar la respuesta dando la razón al agente hizo continuar el procedimiento emitiéndose resolución sancionadora, agravándose la situación de JF.

La consecuencia de intentar notificar a JF en una dirección incorrecta fue que se realizaron los dos intentos preceptivos, se hizo constar la falta de notificación como “desconocido” y se procedió a notificación edictal. No se realizó comprobación de la dirección proporcionada en el escrito de alegaciones ni tampoco comprobación domiciliaria alguna. Comprobaciones éstas que también habrían evitado que el procedimiento continuara por este mal camino.

Tercer error: notificación de providencia de apremio

Como no se notificó debidamente la resolución sancionadora a JF, el procedimiento continuó y se le notificó, esta vez sí en su domicilio, providencia de apremio por la sanción más un incremento de 50€. JF procedió entonces a pagar la multa para evitar que continuara incrementándose el importe.

Además del perjuicio causado al ciudadano por la imposición de una multa injusta y la deficiente diligencia en el tramite de alegaciones, la notificación “defectuosa” de la resolución sancionadora ocasionó la pérdida de derecho a interponer un recurso de reposición, por haber transcurrido ya el plazo legal para ello. El único recurso que cabía interponer era un extraordinario de revisión, que muy rara vez se estima por lo estricto de los supuestos legales en que procede.

Final feliz: recurso extraordinario de revisión estimatorio

Recomendamos a JF tomar vista del expediente y con todos los documentos en mano se vio con claridad la cadena de errores en los que había incurrido el Ayuntamiento de Madrid. Sólo faltaba redactar el recurso, documentarlo y motivarlo adecuadamente. Con pocas esperanzas de que diera resultado, ya que es muy raro que un recurso de revisión sea estimado. Parece que en este caso se vio de manera inequívoca que tanto Policía Municipal como el Ayuntamiento de Madrid habían cometido un grave error con JF.

Resolución estimatoria de recurso de revisión.
Resolución estimatoria de recurso de revisión.

“A mayor abundamiento”, indicamos a JF que solicitara una devolución de ingresos indebidos al Ayuntamiento de Madrid para recuperar el importe abonado de la multa más los intereses devengados desde que el Ayuntamiento estuvo en posesión de esa cantidad indebida. Y así resultó: JF recuperó la sanción y unos euros en concepto de intereses.

Hemos celebrado este final en el caso concreto de JF, pero el Ayuntamiento de Madrid debe hacer un verdadero esfuerzo en difundir la normativa aplicable a la circulación de bicicletas en la ciudad, si no ya entre la ciudadanía, al menos de forma exhaustiva entre los agente investidos de autoridad para aplicarla y sancionar. Lo contrario provoca situaciones de indefensión intolerables y no ayuda nada a naturalizar el ciclismo urbano en Madrid. No toda la ciudadanía conoce en profundidad los procedimientos administrativos para salir bien parada en supuestos como el relatado; la Policía Municipal y los órganos tramitadores/sancionadores deberían.

Barrio Aeropuerto: aprobación definitiva del proyecto de urbanización

Barrio Aeropuerto: aprobación definitiva del proyecto de urbanización

El proyecto incluye un nuevo parque de más de 3.400 m2 en el lugar conocido como ‘el barrizal’

El Barrio del Aeropuerto tiene una superficie de 87.519 m2 y se encuentra entre las actuales vías de circulación  A-2, M-22 y  M-14, al sur del distrito de Barajas.

Desde que se construyeron las primeras viviendas en la década de 1960, el barrio ha sido sistemáticamente olvidado. Las viviendas se construyeron con criterios de calidad muy pobres. Las dotaciones del barrio no eran diferentes. La historia del barrio ha sido recopilada por la A.V. Alameda de Osuna 2000 en su web.

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado definitivamente el proyecto de urbanización del Área de Planeamiento Remitido (APR) 21.02 Barrio del Aeropuerto con el fin de atender, por fin, a las demandas de los vecinos de adecentar el barrio.

El proyecto incluye un nuevo parque de más de 3.400 m2 en el lugar conocido como ‘el barrizal’, llamado así por ser un descampado utilizado como aparcamiento que se convierte en un barrizal cuando llueve.

Infografía del proyecto de urbanización del barrio Aeropuerto.
Infografía del proyecto de urbanización del barrio Aeropuerto.

Se pretende que el parque que se construirá en el Barrizal sirva para paliar el efecto “isla de calor”, mediante la adición de fuentes de agua, vegetación arbustiva y pérgolas ajardinadas. Además, en toda la zona se pretende reordenar el espacio creando suficientes plazas de aparcamiento y nuevas calzadas que eviten el efecto “fondo de saco” en la parte norte del Barrizal.

El ámbito contará también con un camino con zonas estanciales plenamente accesible, en el que se instalarán elementos como mesas de ajedrez y bancos para ofrecer a los vecinos un recorrido de encuentro entre la sombra de la vegetación.

Huelga en Renfe mañana día 9 que afectará a Cercanías Madrid

Huelga en Renfe mañana día 9 que afectará a Cercanías Madrid

Huelga de 23 horas en Renfe, que afectará a Cercanías de Madrid, mañana viernes. Servicios mínimos de entre el 50 y el 75%.

CC.OO. ha convocado una jornada de huelga en Renfe para mañana, viernes día 9, que afectará al servicio de la red de Cercanías de Madrid entre la medianoche y las 23 horas, con servicios mínimos que irán desde 50%-75% del servicio en hora punta.

CC.OO. reivindica el desbloqueo de convenios colectivos ya pactados y que el Gobierno ha bloqueado. En concreto, el Ministerio de Hacienda no ha autorizado la eliminación de las categorías de ingreso en Renfe. Además, según CCOO, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha anulado la jornada de 35 horas pactada en Adif.

Cartel de la convocatoria de huelga de RENFE para el 9 de marzo.
Cartel de la convocatoria de huelga de RENFE para el 9 de marzo.

Servicios mínimos en Madrid durante la jornada de huelga en Cercanías

Cercanías Madrid ha informado en redes sociales de los servicios mínimos para la jornada de huelga:

  • Cercanías:
    • 75% en hora punta (de 06:00h a 09:00h, de 13:30h a 15:30h y de 18:30h a 20:30h).
    • 50% el resto de la jornada.

Además, en el resto de servicios se han establecido los siguientes servicios mínimos:

  • Media Distancia: 65%
  • AVE – Larga Distancia: 73%
  • Mercancías: 25%
https://twitter.com/CercaniasMadrid/status/1755209609399214328?s=20

Esta convocatoria de huelga en el transporte público llega en un momento sensible para Madrid por la situación de tráfico ocasionada por otras protestas.

Cancelaciones en AVE y Media Distancia

89 de los 330 trenes de AVE – Larga Distancia afectados por la huelga serán cancelados en las próximas horas. En Media Distancia, unos 221 trenes no saldrán durante la jornada del viernes.

En total, 310 trenes sufrirán cancelaciones durante este 9 de febrero.

Para los viajeros de AVE/Larga Distancia y Media Distancia cuyo tren no esté incluido en los servicios esenciales, Renfe ha establecido las siguientes medidas de postventa:

  • Se les ofrecerá, siempre que sea posible, viajar en otro tren en el horario más aproximado al adquirido.
  • Si no desean realizar viaje, podrán anular o cambiar para otra fecha su billete sin ningún coste. Las operaciones de anulación o cambio se pueden realizar en todos los canales de venta de Renfe.

Peatonalización de la Plaza de San Miguel

Entorno peatonalizado de la Plaza de San Miguel y mercado de San Miguel

Desde hoy se convierten en peatonales los tres viales que rodean el Mercado de San Miguel.

Como se anunció el pasado mes de enero, el Ayuntamiento de Madrid ha peatonalizado 3 viales de la Plaza de San Miguel. Los viales peatonalizados son:

  • Tramo norte y sur de la plaza del mercado, entre la calle de la Cava de San Miguel y la calle del Conde de Miranda.
  • Tramo oeste, desde la calle del Conde de Miranda hasta la Plaza de San Miguel.
  • Tramo este, donde se amplía la zona peatonal frente a la fachada del mercado en la Cava de San Miguel.
Ámbito de la actuación para peatonalizar la Plaza de San Miguel.
Ámbito de la actuación para peatonalizar la Plaza de San Miguel, según anuncio de enero de 2024. Foto: diario.madrid.es.

Paso de vehículos autorizado en los viales peatonales

En los viales recién peatonalizados de la Plaza de San Miguel se permite el paso de vehículos:

  • para el acceso a los garajes en calle Conde de Miranda, vehículos de servicios, personas con movilidad reducida y emergencias.
  • distribución urbana de mercancías (DUM). Los vehículos de reparto pueden atravesar la zona en horario de 7:30h a 10:30h y por el mismo acceso que en la actualidad: vial sur y rodeando el mercado en sentido de las agujas del reloj.

El acceso a la zona con un vehículo no autorizado supondrá una sanción leve de 90€.

Tuk-tuks y terrazas en la Plaza de San Miguel

Según lo publicado por eldiario.es, no se permitirá parada ni estacionamiento en la fachada este del Mercado de San Miguel. También se anulan las reservas de estacionamiento con el fin de retirar la zona de tuk-tuks. Habrá que ver en qué queda eso.

Aunque los tuk-tuks desaparezcan, mucho nos tememos que este espacio ampliado, si no se vigila constantemente, sea lugar de paso habitual para vehículos ligeros, como bicicletas o patinetes. Si eso es problemático en una zona con intensa movilidad peatonal, se añade la más que probable colocación de más terrazas, así como que el espacio que tan limpio y tan libre se ve en las fotografías acabe obstaculizado por vehículos de «sharing» #Abusharing.