Aparcabicis y «sharing». Nuevo escrito enviado a José Antonio Martínez Páramo

Aparcabicis y «sharing». Nuevo escrito enviado a José Antonio Martínez Páramo

Transcribimos el contenido del escrito enviado hoy al Coordinador General de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid sobre el problema de sobreocupación de aparcabicis por vehículos «sharing».

Estimado D. José Antonio:

Como acordamos en la reunión mantenida el pasado día 13 de junio de 2022 en el que tratamos la problemática acerca de la sobreocupación ilegal de aparcabicis por vehículos de operadores de «sharing», le describimos el problema y nuestras propuestas de solución, con el fin de que sea analizado por quienes estimen competentes para ello.

El motivo de la reunión era tratar la problemática de la ocupación de reservas de aparcamiento públicas para bicicletas y VMP por parte de vehículos pertenecientes a operadores privados de alquiler de vehículos sin conductor o «sharing», que en muchos casos se realiza de forma ilegal, a tenor de lo establecido en los artículos 73 y 85 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible:

Artículo 73. Uso.
Podrán utilizar estas reservas las motocicletas y los ciclomotores de dos y tres ruedas, así como las bicicletas, las bicicletas de pedales con pedaleo asistido y los VMP, no pudiendo hacer uso de ellas ningún otro tipo de vehículo durante el horario que expresamente se determine. Los vehículos de este tipo que estén ligados al ejercicio de una actividad de explotación económica, incluidas la actividad de arrendamiento sin conductor de corta duración y sin base fija y la actividad de reparto de comida y bienes, podrán estacionar en las reservas municipales siempre que no ocupen más del cincuenta por ciento de las plazas existentes en cada concreta reserva de estacionamiento, computando a tal efecto el número total de los distintos tipos de vehículos de todas las actividades económicas estacionados en dicha reserva.

Artículo 85. Uso de los aparcamientos para bicicletas.
Serán de uso exclusivo para bicicletas, bicicletas de pedales con pedaleo asistido, otros ciclos y VMP. Los vehículos de este tipo que estén ligados al ejercicio de una actividad de explotación económica, incluidas la actividad de arrendamiento sin conductor de corta duración y sin base fija y la actividad de reparto de comida y bienes, podrán estacionar en las reservas municipales siempre que no ocupen más del cincuenta por ciento de las plazas existentes en cada concreta reserva de estacionamiento, computando a tal efecto el número total de los distintos tipos de vehículos de todas las actividades económicas estacionados en dicha reserva.

Como les comentamos en anteriores escritos, la Ordenanza de Movilidad Sostenible, tal como están redactados los artículos 73 y 85, permite de facto su propio incumplimiento al no poder sancionarse a los operadores de «sharing» que los incumplan. Estos dos artículos indican claramente que los operadores de «sharing» no pueden ocupar, computando el total de vehículos «sharing» en una reserva, más del 50% de las plazas. Teniendo en cuenta que las horquillas de las reservas permiten el aparcamiento de dos vehículos, uno a cada lado, esto supone que pueden aparcarse, como máximo, tantos vehículos de «sharing» como horquillas totales haya en la reserva.

Esta situación, a su vez, genera 3 problemas:

  • Problema administrativo:
    • No se puede sancionar a ningún operador porque, una vez sobreocupada la reserva por varios operadores, no se sabe cuál de ellos es el infractor.
    • La policía dice no tener una clave. Los preceptos incumplidos son los artículos 73 y 85 de la Ordenanza de Movilidad. Y, si quisieran, se puede tramitar como infracción leve de conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Inutilización de infraestructuras públicas en beneficio de empresas privadas.
    • Los ciudadanos ven dificultado o imposibilitado el adecuado uso de las reservas públicas como consecuencia de la estrategia publicitaria de los operadores «sharing».
  • Problemas para la movilidad peatonal.
    • Al sobrecargarse las reservas, muchos aparatos terminan saliéndose del límite de las reservas, entorpeciendo la movilidad peatonal. Los operadores y usuarios, al ver la reserva llena, simplemente colocan los aparatos en zonas próximas y de cualquier manera fuera de la reserva.
    • Muchas reservas se están implantando en zona peatonal, contraviniendo la instrucción 4/2017, o en lugares en los que ni siquiera se garantizan los 3 metros de paso libre.

Por todo ello, hacemos las siguientes propuestas de solución:

  • Que se delimiten otros espacios para esos aparatos:
    • En calzada en reservas específicas para vehículos que no requieren anclaje, como se ha hecho por ejemplo en París.
    • En aparcamientos públicos, por ejemplo, los gestionados por EMT.
    • En reservas para motos u otras para vehículos que no requieren anclaje.
    • En hilera de aparcamiento, en las mismas condiciones que las motos.
  • Que se limite el número de unidades por operador a 1 unidad por reserva de forma que se pueda identificar al infractor.
    • El operador debe tener capacidad para saber si las unidades que excedan el máximo por reserva han sido aparcadas por un usuario y actuar en consecuencia como estimen oportuno.
  • Emitir instrucción a Policía Municipal, Agentes de Movilidad y vigilantes del SER para que apliquen la Ordenanza de Movilidad Sostenible en los casos en los que es posible identificar claramente a un infractor. Por ejemplo, si un solo operador de «sharing» supera el 50% de ocupación de una reserva, ya estaría incumpliendo.
  • Que se implique a los operadores de «sharing» para que realicen campañas publicitarias en los soportes que elijan o acuerden con el Ayuntamiento de Madrid, con el fin de informar a sus clientes de las normas de circulación y correcto estacionamiento de sus vehículos. Que estas campañas incluyan, además, mensajes visibles en sus apps y webs que aseguren la lectura y entendimiento de las normas por parte de los usuarios. En estas campañas podría implicarse el propio Ayuntamiento como parte interesada en que se logre ese fin.
  • En cualquier caso, se adopte la solución que se adopte, solicitamos que se respete siempre la Ordenanza de Movilidad Sostenible cuando se instale cualquier reserva para vehículos y la instrucción 4/2017, implantándose preferentemente en calzada, a ser posible en la última plaza de aparcamiento antes de los pases de cebra y cruces. Por ejemplo, la reserva de la foto impide respetar la distancia de 2 metros con el pavimento tacto-visual.

Este escrito se presenta con el apoyo y en nombre de:

Reunión con José Antonio Martínez Páramo sobre aparcabicis y «sharing»

Reunión con José Antonio Martínez Páramo sobre aparcabicis y «sharing»

El Coordinador General de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid propone que enviemos escrito detallando de nuevo el problema de la sobreocupación de aparcabicis por operadores «sharing» y propuestas de solución.

Imagen de portada: @bcarabante. Patinetes y bicicletas de «sharing» ocupan ilegalmente una reserva de aparcamiento para bicicletas.

Tras nuestra queja sobre el trato recibido en la anterior reunión por parte de Federico Jiménez de Parga, el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid tuvo a bien recibirnos de nuevo el pasado lunes para poder tratar el asunto que no se pudo tratar en la reunión anterior. En esta ocasión nos atendió José Antonio Fernández Páramo, ya que Borja Carabante tenía problemas de agenda.

A esta reunión asistimos DeteibolsMadrid Ciclista, la Asociación de Vecinos de Sol y Letras, En bici Arganzuela y Modelo Madrid. Además transmitimos la voz de BicienjambreBicinorteMadrid Decadente.

Exposición del problema de sobreocupación de aparcabicis por operadores «sharing»

Pudimos exponer la clara impunidad que la Ordenanza de Movilidad Sostenible permite, como explicamos en este artículo, y los otros 3 problemas que subyacen:

  • El problema administrativoPolicía Municipal y Agentes de Movilidad no pueden conocer qué operador infringió en primer lugar la Ordenanza de Movilidad Sostenible y, por tanto, no pueden realizar la denuncia con el precepto del artículo 73 o el 85 de la OMS. Además, los mismos cuerpos dicen no disponer de una clave específica para la infracción, aunque podrían imponer una sanción leve genérica, aplicando el Reglamento General de Circulación.
  • Perjuicio al ciclismo urbano: los ciudadanos que usan cualquier bicicleta, de «sharing» o privada, ven dificultado o imposibilitado el aparcamiento en aparcabicis públicos. Los aparcabicis disponen de horquillas que están diseñadas para que una bicicleta pueda anclarse en uno o dos puntosLas bicicletas privadas necesitan anclarse, mientras que las de «sharing» no. Por tanto, además de sobreocupar los aparcabicis, están impidiendo el uso para el que fueron diseñados.
  • Perjuicio a la movilidad peatonal: al sobrecargarse las reservas, en muchos casos más allá del 100%, los operadores de «sharing» siguen colocando los aparatos en las cercanías de los aparcabicis, ocupando aceras zonas peatonales. Esta situación es claramente visible en la imagen de portada, publicada en la red social Twitter por el propio Delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante. Muchas reservas se están implantando en estos espacios peatonales, a pesar de que la Instrucción 4/2017 del propio Ayuntamiento de Madrid especifica con toda claridad un criterio muy diferente para su ubicaciónEsta instrucción no se está cumpliendo, aunque el Ayuntamiento está obligado a hacerlo.
  • Que se emita una instrucción para Policía Municipal, Agentes de Movilidad y Vigilantes del Servicio de Estacionamiento Regulado para que sancionen vehículos «sharing» incorrectamente aparcados en los aparcabicis. Por ejemplo, en la imagen de portada publicada en Twitter por Borja Carabante hay dos operadores «sharing» que por sí solos y de forma independiente superan el 50% de las posiciones de aparcamiento. Todos los vehículos de ambos operadores podrían ser denunciados con una sanción leve, según se especifica en el artículo 80.1 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. Esta instrucción realmente sería innecesaria porque los agentes sólo tendrían que aplicar la ley actualmente en vigor.
https://twitter.com/FerMateosG/status/1535175570362875905?s=20&t=NjSg-scLnbDd-yBf1vK5vQ

Nuestras propuestas de solución para la sobreocupación de aparcabicis por vehículos «sharing»

Suponíamos que no iba a haber gran aceptación de la realidad del problema y que nuestro interlocutor no se habría molestado en pensar algún tipo de solución que proponer. Por ello, nosotros llevamos a la reunión varias propuestas:

  • Que se delimiten otros espacios para los aparatos de «sharing» sin base fija. Esto podría ser en calzada en reservas específicas para ellos, como se ha hecho, por ejemplo, en París o usar reservas destinadas a otros vehículos sin base fija ni necesidad de anclaje, por ejemplo, las reservas de estacionamiento para motos.
Espacio en calzada para vehículos de alquiler sin anclaje en una calle de París. Imagen: @PalomaMB4 (Tweet).
Espacio en calzada para vehículos de alquiler sin anclaje en una calle de París. Imagen: @PalomaMB4 (Tweet).
  • Que se estacionen en espacios habilitados a tal fin en aparcamientos públicos. No eliminaría el problema del uso de infraestructuras públicas por empresas privadas, pero sí dejarían de molestar a la movilidad peatonal, al ciclismo urbano y al propio paisaje.
  • Que se limite el número de unidades por operador a 1 unidad por reserva de forma que se pueda identificar al infractor. El operador «sharing» debe tener capacidad para saber si las unidades que excedan el máximo por reserva han sido aparcadas por un usuario y actuar en consecuencia como estimen oportuno. Esto debería ser yendo a reubicar el vehículo mal estacionado y penalizando al usuario. Si finalmente es denunciado el vehículo, pueden asumir la sanción o repercutirla al usuario infractor.

Somos conscientes de que la última propuesta implica reforma de la Ordenanza de Movilidad Sostenible y nos hacemos cargo de su coste dificultad. Por ello, pensamos en otras posibles soluciones que, aunque no eliminan por completo el problema sí lo reducirían significativamente y con un coste mucho menor. Mientras tanto, al menos, podrían aplicar la OMS a todos los operadores «sharing» que superen con sus vehículos el máximo permitido. Es decir, si un operador supera por sí solo el 50% de las posiciones de aparcamiento de un aparcabicis, es un infractor identificable.

Conclusiones

José Antonio Martínez Páramo nos propuso recopilar el problema y las propuestas de solución en un escrito dirigido al Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, cosa que haremos en los próximos días.

Reunión con Federico Jiménez de Parga acerca de aparcabicis y «sharing». Resultado: mal

Reserva de aparcamiento para bicicletas en Paseo de Recoletos, junto a Plaza de la Independencia. 15 vehículos de «sharing» (12 bicis "Bird", 1 bici "Lime" y 2 patinetes) en 10 posiciones de aparcamiento. 3 veces más vehículos «sharing» de lo permitido.

El objetivo de la reunión era tratar los múltiples problemas causados por la ocupación de aceras y zonas peatonales, así como la sobreocupación ilegal de aparcabicis por vehículos «sharing».

El Coordinador General de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid se marcha de la reunión dejando “colgados” y con la palabra en la boca a los ciudadanos.

Jiménez de Parga demuestra en la reunión muy poca educación y nula sensibilidad acerca de los problemas principales de la movilidad peatonal y del ciclismo urbano.

Imagen de portada: @Deteibols.

Como anunciamos hace unos días, varios ciudadanos, activistas independientes y colectivos solicitamos una reunión con el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad para tratar el problema causado por los operadores de «sharing» tanto en las reservas de aparcamiento para bicicletas como en las aceras y zonas peatonales. A la reunión asistimos finalmente Deteibols, Madrid Ciclista y Modelo Madrid. Además de en nuestro propio nombre, también transmitimos la voz de Bicienjambre, Bicinorte, En bici Arganzuela, Madrid Decadente, y la Asociación de Vecinos de Sol y Letras. Ayer por fin fuimos recibidos por Federico Jiménez de Parga, Coordinador General de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.

No es que hayamos recibido una respuesta negativa. Es que Federico Jiménez de Parga abandonó la reunión dejándonos con la palabra en la boca.

Lo contamos por partes.

Inicio de la reunión: exponemos el problema de la sobreocupación ilegal de aparcabicis por operadores «sharing»

En realidad todo parte de la situación de clara impunidad que la Ordenanza de Movilidad Sostenible permite, como explicamos en este artículo. Esto causa, a su vez otros 3 problemas:

  • El problema administrativo: Policía Municipal y Agentes de Movilidad no pueden conocer qué operador infringió en primer lugar la Ordenanza de Movilidad Sostenible y, por tanto, no pueden realizar la denuncia con el precepto del artículo 73 o el 85 de la OMS. Además, los mismos cuerpos dicen no disponer de una clave específica para la infracción, aunque podrían imponer una sanción leve genérica, aplicando el Reglamento General de Circulación.
  • Perjuicio al ciclismo urbano: los ciudadanos que usan cualquier bicicleta, de «sharing» o privada, ven dificultado o imposibilitado el aparcamiento en aparcabicis públicos. Los aparcabicis disponen de horquillas que están diseñadas para que una bicicleta pueda anclarse en uno o dos puntos. Las bicicletas privadas necesitan anclarse, mientras que las de «sharing» no. Por tanto, además de sobreocupar los aparcabicis, están impidiendo el uso para el que fueron diseñados.
  • Perjuicio a la movilidad peatonal: al sobrecargarse las reservas, en muchos casos más allá del 100%, los operadores de «sharing» siguen colocando los aparatos en las cercanías de los aparcabicis, ocupando aceras y zonas peatonales. Muchas reservas se están implantando en estos espacios peatonales, a pesar de que la Instrucción 4/2017 del propio Ayuntamiento de Madrid especifica con toda claridad un criterio muy diferente para su ubicación. Esta instrucción no se está cumpliendo, aunque el Ayuntamiento está obligado a hacerlo.

Nuestras propuestas de solución

Suponíamos que no iba a haber gran aceptación de la realidad del problema y que nuestro interlocutor no se habría molestado en pensar algún tipo de solución que proponer. Por ello, nosotros llevamos a la reunión varias propuestas:

  • Que se delimiten otros espacios para los aparatos de «sharing» sin base fija. Esto podría ser en calzada en reservas específicas para ellos, como se ha hecho, por ejemplo, en París o usar reservas destinadas a otros vehículos sin base fija ni necesidad de anclaje.
  • Que se estacionen en espacios habilitados a tal fin en aparcamientos públicos. No eliminaría el problema del uso de infraestructuras públicas por empresas privadas, pero sí dejarían de molestar a la movilidad peatonal, al ciclismo urbano y al propio paisaje.
  • Que se limite el número de unidades por operador a 1 unidad por reserva de forma que se pueda identificar al infractor. El operador «sharing» debe tener capacidad para saber si las unidades que excedan el máximo por reserva han sido aparcadas por un usuario y actuar en consecuencia como estimen oportuno. Esto debería ser yendo a reubicar el vehículo mal estacionado y penalizando al usuario. Si finalmente es denunciado el vehículo, pueden asumir la sanción o repercutirla al usuario infractor.

Somos conscientes de que la última propuesta implica reforma de la Ordenanza de Movilidad Sostenible y nos hacemos cargo de su coste y dificultad. Por ello, pensamos en otras posibles soluciones que, aunque no eliminan por completo el problema sí lo reducirían significativamente y con un coste mucho menor. Mientras tanto, al menos, podrían aplicar la OMS a todos los operadores «sharing» que superen con sus vehículos el máximo permitido. Es decir, si un operador supera por sí solo el 50% de las posiciones de aparcamiento de un aparcabicis, es un infractor identificable.

Jiménez de Parga sobre la impunidad de los operadores «sharing»

Con el aparente propósito de intentar conectar con una hipotética animadversión por nuestra parte hacia los operadores «sharing», Jiménez de Parga nos indica que se denuncian miles de motos, patinetes y bicicletas de «sharing» y nos da datos numéricos sin indicar el período temporal ni los hechos denunciados: 27.000 multas a patinetes y 10.000 a bicis. Ni en el escrito ni en nuestros comentarios durante la reunión mencionamos siquiera de soslayo si hay o no sanciones, ni muchas ni pocas. Pero al Coordinador este dato le pareció importante y realmente fue la única pieza de documentación que llevó a la reunión.

A este comentario le indicamos que no tenemos motivos para no creer que se imponen multas. Además, es posible consultar su número en el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid, pero jamás hemos visto boletines de denuncia en vehículos aparcados en aparcabicis y no existe un “hecho denunciado” específico por ocupar ilegalmente un aparcabicis por vehículos «sharing». Por lo que la poca información útil que podríamos extraer de los datos que nos aporta es imposible de conocer.

No obstante, aunque fuera cierto que se sanciona a los vehículos «sharing» que sobreocupan los aparcabicis, el problema sigue siendo el mismo: los vehículos siguen ocupando más de lo que tienen autorizado según la Ordenanza de Movilidad Sostenible y se impide su correcto uso por parte de los ciudadanos, ya que los vehículos siguen en la reserva durante días.

Estas respuestas no le gustaron al Coordinador, claro, y se vio obligado a rectificar sus números y reconocer que corresponden a “todo tipo de sanciones”, no a sanciones por sobreocupar aparcabicis. Tampoco se estaba distinguiendo si las sanciones correspondían a vehículos privados o de «sharing».

Comentarios de Jiménez de Parga sobre el ciclismo urbano y la movilidad peatonal

El Coordinador General de Movilidad declaró no ver «problema alguno en que se sobreocupe una reserva de aparcamiento para bicicletas pública por estas empresas privadas», incluso aunque sus vehículos ocupen más espacio del designado para el aparcabicis.

A este comentario le indicamos, no sin sorpresa por lo que acabábamos de oír, que el problema es para todos los ciudadanos. Todos somos peatones en algún momento. Pero los especialmente perjudicados son los grupos de población de personas con movilidad reducida, personas ciegas y aquellas con dificultades para interpretar el entorno.

Jiménez de Parga ignoró este comentario y trató de minimizarlo. Le pusimos el ejemplo del aparcabicis situado en la calle Fermín Caballero, en el distrito de Fuencarral-El Pardo, que causa un grave perjuicio a las personas ciegas al no dejar espacio suficiente (3 metros de paso mínimo según instrucción 4/2017) entre la reserva y la fachada. En este aparcabicis se da el agravante de haber papeleras junto a la línea de fachada. No pareció entender, a pesar de las explicaciones, que las personas ciegas usan precisamente las fachadas para saber por dónde caminan. Pero, en general, no se puede situar un obstáculo en una acera que no tiene la anchura suficiente pudiendo haberlo situado en la línea de aparcamiento en calzada.

Aparcabicis en la calle Fermín Caballero. Imagen: @Deteibols.
Aparcabicis en la calle Fermín Caballero. Imagen: @Deteibols.

El Coordinador defiende el amplio despliegue de aparcabicis

Aunque tampoco mencionamos que nos parecieran insuficientes, Jiménez de Parga defendió el amplio despliegue de aparcabicis que el Ayuntamiento está realizando. No era nuestra intención tumbar todos sus argumentos. Aunque es cierto que se han desplegado muchas reservas de aparcamiento para bicicletas desde 2019, también es cierto que un gran número de ellas se siguen instalando sobre aceras y zonas peatonales, contraviniendo la instrucción 4/2017, que especifica claramente que se deben instalar en calzada, preferentemente en la última plaza de aparcamiento antes de los pasos de peatones y cruces con el fin de mejorar la visibilidad.

Final de la reunión por imposición de Jiménez de Parga

Durante la intervención de Deteibols, Jiménez de Parga tuvo que reconocer que los datos de sanciones no eran correctos, como explicábamos más arriba. Deteibols se muestra sorprendido por la corrección sobre la naturaleza de los datos y le indica que ya que el motivo de la reunión es la sobreocupación de aparcabicis, al menos podría tener preparado el dato de multas por ese hecho.

Deteibols le indicó que él, el Coordinador General de Movilidad, está en mejor disposición que nadie para solicitar un informe detallado a Policía Municipal con el fin de conocer la naturaleza de las sanciones, aunque ese no era el motivo principal de esta reunión. Jiménez de Parga responde que «enviemos un escrito y nos responderán», para acto seguido decir «adiós» y abandonar la reunión mientras Deteibols estaba con su intervención.

Nuestra impresión sobre la reunión

Federico Jiménez de Parga no comprende el perjuicio causado a la movilidad peatonal y el ciclismo urbano por la sobreocupación de aparcabicis por vehículos de «sharing». Tampoco entiende los problemas a los que se enfrentan los peatones a la hora de moverse por la ciudad. Especialmente grave es que nadie le haya asesorado convenientemente sobre las especiales dificultades en este sentido para las personas con movilidad reducida, ciegas o con dificultades para interpretar el entorno.

El Coordinador General de Movilidad acudió a la reunión con datos mal preparados y que, aunque hubieran sido correctos, no tenían que ver con el objetivo de la misma. Nuestra intención es paliar un problema que no se resuelve sólo con sanciones. La Ordenanza contiene errores que permiten total impunidad a los operadores «sharing» y eso, aunque no se pueda arreglar ahora, al menos sí podría haber dejado claro que le preocupa que una norma aprobada no se pueda hacer cumplir.

Federico Jiménez de Parga nos demostró una más que aparente falta de educación y respeto por los ciudadanos al abandonar la reunión solamente porque se le habían discutido los datos que llevaba preparados. Datos que él mismo reconoció que no eran correctos, además. Nos despachó diciendo que «dirijamos un escrito y ya nos responderán». Desconocemos si se van al menos a tomar en consideración las propuestas que llevamos a la reunión, aunque por la falta de visión y respeto demostrada, no somos optimistas.

Bicis y patinetes de «sharing» copan los aparcabicis en Madrid

Aparcabicis en calle Carretas, junto a Puerta del Sol

Avisamos a la Policía Municipal ante la situación del aparcabicis en calle Carretas, en el centro de Madrid, y no pudieron denunciar la infracción por resultar de imposible cumplimiento los artículos 73 y 85 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

La Ordenanza de Movilidad Sostenible permite de facto su incumplimiento: no cuenta con sanción específica cuando los operadores de sharing superan la ocupación del 50% de las plazas de una reserva para aparcamiento de bicicletas ni es posible determinar quién es el infractor.

Modelo Madrid ya avisó al Delegado de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante, de que era imposible hacer cumplir el artículo 73 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

Si practicas el ciclismo urbano, usas tu bicicleta privada como medio de transporte en Madrid y has intentado hacer uso de algún aparcabicis, sobre todo en la zona de influencia de los operadores de «sharing», seguramente habrás visto algo similar a la imagen de portada de este artículo: el aparcabicis público totalmente ocupado por vehículos privados de alquiler.

El despliegue de operadores de sharing en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid ha autorizado para operar en Madrid a varias empresas de sharing que han desplegado miles de unidades entre los meses de marzo y abril de 2022. Los despliegues se han producido principalmente dentro de la M-30, aunque también hay un número bastante menor de unidades fuera de ella.

No es la primera vez que varias empresas intentan competir con BiciMad prestando servicio de alquiler de bicicletas sin conductor y sin base fija. Las anteriores experiencias terminaron en fracaso por diferentes motivos. También fue así con diferentes operadores de alquiler de patinetes. En esta ocasión se preparaba un despliegue mucho más numeroso de unidades. Era lógico pensar que, si ya en el pasado hubo uso ilegal de aparcabicis por parte de estas empresas con muchas menos unidades desplegadas, la situación se repetiría y con creces.

Muchas bicicletas y patinetes de sharing, pero casi siempre parados

Ya existía un problema de aparcamiento de vehículos de alquiler sin anclaje que fue señalado a Borja Carabante en diferentes reuniones mantenidas durante la tramitación de la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. La respuesta por parte del área de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid fue que se realizaría una importante instalación de reservas de aparcamiento para bicicletas y VMP. Y es cierto que se han desplegado muchas de estas reservas por todo el municipio. Como es lógico pensar, y al ser reservas de carácter público, tendrían que contar con alguna limitación ante la prevista invasión de operadores de sharing para prevenir que estos vehículos ocupen por completo las reservas de aparcamiento e impidan su utilización tanto a otros usuarios de bicicletas y VMP de alquiler sin base fija como a usuarios de bicicletas y VMP propios.

La limitación de ocupación por parte de operadores de sharing ya existía en la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2019, pero fue matizada para que estos operadores no pudieran ocupar, entre todos ellos, más del cincuenta por ciento de las plazas disponibles en cada reserva. Anteriormente la redacción era ambigua y se podría interpretar que ese máximo del cincuenta por ciento era por cada operador y no computando el total de vehículos de todos los operadores.

La limitación está ahora especificada en dos artículos diferentes de la Ordenanza de Movilidad Sostenible: el 73 y el 85.

Artículo 73. Uso.
Podrán utilizar estas reservas las motocicletas y los ciclomotores de dos y tres ruedas, así como las bicicletas, las bicicletas de pedales con pedaleo asistido y los VMP, no pudiendo hacer uso de ellas ningún otro tipo de vehículo durante el horario que expresamente se determine. Los vehículos de este tipo que estén ligados al ejercicio de una actividad de explotación económica, incluidas la actividad de arrendamiento sin conductor de corta duración y sin base fija y la actividad de reparto de comida y bienes, podrán estacionar en las reservas municipales siempre que no ocupen más del cincuenta por ciento de las plazas existentes en cada concreta reserva de estacionamiento, computando a tal efecto el número total de los distintos tipos de vehículos de todas las actividades económicas estacionados en dicha reserva.

Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid.

Artículo 85. Uso de los aparcamientos para bicicletas.
Serán de uso exclusivo para bicicletas, bicicletas de pedales con pedaleo asistido, otros
ciclos y VMP. Los vehículos de este tipo que estén ligados al ejercicio de una actividad de explotación económica, incluidas la actividad de arrendamiento sin conductor de corta duración y sin base fija y la actividad de reparto de comida y bienes, podrán estacionar en las reservas municipales siempre que no ocupen más del cincuenta por ciento de las plazas existentes en cada concreta reserva de estacionamiento, computando a tal efecto el número total de los distintos tipos de vehículos de todas las actividades económicas estacionados en dicha reserva.

Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid.

El aparcabicis de calle Carretas de Madrid: un ejemplo de reserva inutilizable

El caso del aparcabicis de la calle Carretas de Madrid nos pareció especialmente llamativo porque pasamos por él en dos ocasiones el mismo día; a mediodía y por la tarde. En ninguna de ambas ocasiones pudimos ver bicicletas o patinetes que no fueran de operadores de sharing. Todas las plazas están ocupadas a diario por empresas privadas de alquiler de bicicletas y patinetes. Pero además de superar entre todos los operadores la mitad de las plazas disponibles, que en este caso son 10 al disponer de 5 horquillas, la ocupación supera por más del doble las plazas totales. En la imagen de portada de este artículo se ven 21 vehículos aparcados en la reserva de la calle Carretas. Todos de sharing.

Estado del aparcabicis de la calle Carretas a mediodía del día 27 de abril de 2022

Si un ciudadano llega en bicicleta o patinete a esta reserva y se encuentra una situación así, caben dos opciones: que aparte uno de los vehículos para aparcar su bicicleta o que avise a la Policía Municipal para denunciar la ocupación ilegal de la reserva, en virtud de los artículos 73 y 85 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

La primera opción tiene un inconveniente: dónde colocar el vehículo retirado. El aparcabicis ya está superando su capacidad máxima, por lo que difícilmente podríamos hacer esto de forma legal. Nosotros optamos por la segunda: llamar a la Policía Municipal y denunciarlo. Aún a sabiendas de que no iban a poder hacerlo.

La denuncia a la Policía Municipal de Madrid

Con la Ordenanza de Movilidad Sostenible a mano, que luego se demostraría necesaria para aclarar algún aspecto del artículo 73, llamamos al 092 para solicitar que acudiera una patrulla. Entendiendo la dificultad para sancionar al infractor o infractores, porque no se sabe qué operador fue el primero en infringir el artículo 73 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, los agentes nos explicaron con suma paciencia por qué no podían realizar una propuesta de sanción:

  • No existe en la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid ni en ninguna otra normativa una sanción aplicable.
  • Tampoco pueden proceder a su retirada hasta dejar el máximo de vehículos de operadores sharing sin base fija, ya que la grúa municipal no está preparada para el transporte de patinetes.

Motivos más que suficientes para que los agentes no pudieran proceder a sancionar algo que claramente infringe la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Por tanto, los artículos 73 y 85 no se pueden hacer cumplir ni sancionar su incumplimiento.

Los agentes procedieron a tomar mis datos y se comprometieron a realizar un informe.

Entonces, ¿cómo se puede evitar la ocupación ilegal de aparcabicis?

Tal como está redactada la norma, es imposible evitarlo. La Ordenanza de Movilidad Sostenible permite de facto su propio incumplimiento. La falta de sanción específica bien podría suplirse con la aplicación subsidiaria del artículo 75. c) de la Ley de sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, según el cual todo lo no tipificado como grave o muy grave es leve. Pero no desaparecería el problema principal: ¿cuál de todos esos operadores de sharing de la foto de Carretas es el infractor? ¿quién excedió el 50% de las plazas de aparcamiento?

Por ello, Modelo Madrid va a instar al Delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, las siguientes reformas de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid:

  • la modificación de los artículos 73 y 85 para que se especifique que cada vehículo de sharing debe ocupar solamente un lateral de cada horquilla y sin superar el máximo de ocupación para los vehículos de estos operadores.
  • La inclusión de sanción específica con calificación de grave para el incumplimiento de la ocupación máxima de aparcabicis de Madrid por operadores de sharing y de leve para la incorrecta ubicación de los vehículos que dificultaría o impediría la correcta utilización del aparcabicis por parte del resto de usuarios.

Otro artículo de la Ordenanza de imposible cumplimiento

La Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid adolece de otros preceptos que, de cara a publicitar las acciones de gobierno del Ayuntamiento en favor de la movilidad, son muy cosméticas y pueden parecer decididas y efectivas… en teoría, pero que en la aplicación real resultan completamente estériles. Por no salirnos del aparcamiento de bicicletas, el propio artículo 48 dispone la necesariedad de que no haya un aparcabicis visible a menos de 50 metros para aparcar fuera de él. ¿Qué ocurre cuando el aparcabicis visible a menor distancia está completo? ¿nos pueden sancionar si eso ocurre, sin demostrar que había plazas libres? el agente de Policía Municipal o de Movilidad no puede conocer si en el momento de haber aparcado una bicicleta en una valla, el aparcabicis más cercano se encontraba o no totalmente ocupado. Por ello, Modelo Madrid añadirá a las anteriores peticiones de modificación de la Ordenanza la eliminación de la distancia mínima a la que debe haber un aparcabicis para poder aparcar una bicicleta fuera de él, por ser otra norma de imposible cumplimiento.