«Plan de Movilidad Sostenible 360»: Movilidad en vehículo privado

«Plan de Movilidad Sostenible 360»: Movilidad en vehículo privado

En esta ocasión, resumimos el análisis que el Ayuntamiento de Madrid hace sobre la movilidad en vehículo privado a motor, continuando con la serie de artículos sobre la aprobación inicial del «Plan de Movilidad Sostenible 360»

Madrid es una ciudad compacta cuya red viaria presenta una característica principal: el 25% de las vías concentran el 90% del tráfico. Esto concentra los objetivos del Plan 360 en dos aspectos:

  • por una parte, la optimización del tráfico en ese 25%.
  • Por otro lado, adoptar medidas de calmado de tráfico y priorización de la movilidad peatonal en el resto de calles.

Otro factor importante a tener en cuenta en el diseño de las medidas a adoptar es la velocidad. El estudio de la situación actual la define como “relativamente elevada”, con oscilaciones poco significativas entre las horas punta y valle, situándose de media en 25 km/h.

Las mayores velocidades se encuentran en las vías fuera de la M-40, así como en las vías estructurantes del interior de la M-30 (3 o más carriles de circulación por sentido).

Observado por meses, esa velocidad media es un 20% inferior en los meses lectivos, elevándose significativamente en verano.

En cuanto a la evolución en la demanda del uso del coche privado, si bien la tendencia era claramente de disminución, especialmente y de forma muy destacable en el Distrito Centro, con la pandemia de 2020 se han visto alteradas las cifras, volviéndose a los niveles de 2019.

Propuestas en el «Plan de Movilidad Sostenible 360»

Las acciones propuestas en el Plan 360 tienen como finalidad la sustitución del parque circulante actual por vehículos menos contaminantes con tres líneas de actuación:

  • Subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos.
  • Implantación de nuevos puntos de recarga.
  • Restricciones a los vehículos más contaminantes.

Zonas de bajas emisiones: restricciones a los vehículos tipo A.

La ciudad de Madrid continúa incumpliendo la directiva europea de calidad del aire. Además, el anteproyecto de Ley de Cambio Climático fija el año 2023 como límite obligatorio para establecer zonas de bajas emisiones en los municipios de población superior a 50.000 habitantes.

Por ello, la reciente modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible recoge el siguiente calendario de restricciones a los vehículos que considera más contaminantes: los tipo A según la clasificación de la DGT:

Desarrollo de la zona de Bajas Emisiones de Madrid. Restricciones a los vehículos A. Fuente: Ayuntamiento de Madrid
Desarrollo de la zona de Bajas Emisiones de Madrid. Restricciones a los vehículos A. Fuente: Ayuntamiento de Madrid

Aparcamiento

Las medidas contempladas miran en la dirección de bonificar el aparcamiento de los vehículos CERO y ECO, tarificando el resto según criterios medioambientales. Así los aparcamientos públicos del Distrito Centro sería gratuitos para los vehículos CERO, tendrían una reducción del 50% los vehículos ECO y del 10% los tipo C. Contarían con similar tarificación en toda la zona SER. Además, esta zona SER añadiría una tarificación dinámica según los niveles de concentración de NO2 diarios.

Puntos de recarga para vehículos eléctricos

Por un lado se impulsaría su instalación en oficinas y comunidades de propietarios, destinando unos 5M€ anuales en líneas de ayuda hasta 2027. Por otra parte, y asociados a los nuevos aparcamientos multimodales previstos, se instalarán puntos de recarga públicos.

Subvenciones a la adquisición de vehículos eléctricos

Con el objetivo de subvencionar 100.000 vehículos en 20 años, se plantea crear una línea de ayuda de 25M€ anuales para sustituir vehículos privados por vehículos CERO, ECO o los C menos contaminantes.

Contaminación acústica

Además de la contaminación del aire, se incluyen medidas tendentes a la mejora de los niveles de contaminación acústica. Entre las acciones contempladas, además de las peatonalizaciones, reducción del tráfico, ampliaciones de aceras, etc., se incluyen:

  • Instalación de pavimento sonoreductor.
  • Regulación del uso de las sirenas en los vehículos de emergencia.
  • Aumento de los controles de ruido de los vehículos, especialmente en lugares sensibles al mismo como centros sanitarios, marcándose como límite llegar a los 2.000 vehículos inspeccionados al año para 2025.

Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid para la adquisición de vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías

El Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid ha convocado en el BOAM (y BOCM) de 2 de noviembre subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías (CAMBIA 360).

Estas subvenciones del Ayuntamiento de Madrid no deben confundirse con las ayudas actualmente activas de la Comunidad de Madrid para adquisición de vehículos cero emisiones.

¿Qué se subvenciona?

La adquisición de vehículos nuevos destinados a la distribución de mercancías en la Comunidad de Madrid:

  • Furgonetas y camiones ligeros N1 y N2 matriculados y con IVTM en la ciudad de Madrid con categoría “CERO”, “ECO” y “C”.
  • Bicicletas con pedaleo asistido.
  • Ciclomotores eléctricos categoría L1e-B y motocicletas eléctricas categorías L3e, L4e y L5e.

¿Qué requisitos han de cumplir los vehículos para acogerse a esta subvención?

  • Furgonetas y camiones ligeros N1 y N2:
    • Matriculados por primera vez en España
    • Destinados a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid
    • Categoría Cero emisiones, ECO o C
    • Se incrementará la cuantía de la subvención si, además, se achatarra un vehículo N1 N2 o M para adquisición de Cero Emisiones o ECO. En caso de C es requisito obligatorio
  • Bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo:
    • Contar con motor eléctrico auxiliar de hasta 250 W de potencia nominal
    • Velocidad máxima de 25km/h
    • Sistema de luces completo
    • Batería con capacidad igual o superior a 248 vatios/hora
  • Ciclomotores categoría L1e-B:
    • Velocidad máxima 45 km/h
    • Potencia mínima de 1 kW y máxima de 4 kW
    • Batería de litio con capacidad mínima de 1 kWh
    • Autonomía mínima de 45 km
  • Motocicletas categorías L3e, L4e y L5e:
    • Dos ruedas o tres simétricas
    • Velocidad de diseño superior a 45 km/h
    • Potencia nominal mínima de 2 kW
    • Batería con capacidad mínima de 2 kWh
    • Autonomía mínima de 70 km

¿Quién puede ser beneficiario de las ayudas del Ayuntamiento de Madrid?

Cualquier persona física o jurídica con residencia, domicilio social o sucursal en Madrid. Además, estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT y abonar el IVTM en el municipio de Madrid.

¿Cuál es la cuantía de la subvención del Ayuntamiento de Madrid para la compra de vehículos «cero»?

  • Furgonetas y camiones ligeros: entre 10.000 y 3.000€.
  • Bicicletas: hasta el 50% del precio de adquisición con límite de 500€.
  • Ciclomotores: hasta el 50% del precio de adquisición con límite de 600€.
  • Motocicletas: hasta el 50% del precio de adquisición con límite de 750€.

¿Algún requisito más?

La compra, matriculación y pago del precio debe ser realizado con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria (2 de noviembre).

Además, se podrá presentar una solicitud por vehículo, con un máximo de 5 solicitudes.

¿Cómo se solicita la subvención?

En el concesionario/punto de venta adherido donde se vaya a adquirir el vehículo.

¿Qué documentación he de adjuntar?

El punto de venta adherido tramitará la solicitud con los datos y autorizaciones del solicitante además del presupuesto del vehículo detallado.

Comprobados los requisitos de admisión, se resolverá la concesión o denegación de las subvenciones en el plazo máximo de 6 meses.

Los beneficiarios deberán entonces aportar en el plazo máximo de 9 meses la justificación de la adquisición del vehículo (factura, ficha técnica del vehículo, permiso de circulación, justificantes de pago).

¿Qué plazo hay para solicitar estas subvenciones?

Desde las 10:00 del 11 de noviembre hasta el 26 de diciembre. Pero teniendo en cuenta que la dotación de crédito es limitada y las solicitudes se atenderán hasta el agotamiento de los fondos por orden de presentación.

¿Son estas subvenciones compatibles con ayudas similares de otras administraciones?

Sí, pero en caso de acumulación de ayudas para la compra del mismo vehículo, la cuantía máxima de todas en su conjunto deberá ser inferior al 75% de su precio.