Abiertos trámites de audiencia e información pública del proyecto de reforma del RGC

Abiertos trámites de audiencia e información pública del proyecto de reforma del RGC

El plazo para remitir aportaciones al proyecto de modificación del Reglamento General de Circulación en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía durará un mes.

Una vez anunciadas las nuevas medidas para la reforma del Reglamento General de Circulación, se ha iniciado hoy el plazo para los trámites de audiencia e información pública que se prolongará durante un mes, hasta el próximo 26 de julio de 2024. Durante este mes cualquier ciudadano puede presentar sus aportaciones al texto del proyecto. El Reglamento General de Circulación actualmente en vigor puede consultarse en este enlace.

Además, también se ha publicado la memoria del análisis de impacto normativo.

Animamos a toda la ciudadanía interesada, tanto de forma particular como a través de asociaciones u otras organizaciones que les representen, a enviar sus aportaciones dirigiéndolas a la dirección de correo: participacion.normativa@dgt.es.

Próximamente publicaremos nuestro documento que podrá ser utilizado por quien lo necesite como guía.

Toda la información del proceso de reforma del Reglamento General de Circulación puede consultarse en este enlace del Ministerio del Interior.

La DGT ultima reforma del Reglamento General de Circulación

Agentes de Movilidad de Madrid

DGT anuncia las nuevas medidas incluidas en la reforma del Reglamento General de Circulación, que cambian sustancialmente en el caso de usuarios vulnerables.

Para todos los usuarios de vehículos, se reducen las tasas de alcoholemia para conductores noveles y profesionales a 0,20 gramos por litro de alcohol en sangre (el límite ahora es de 0,30) o 0,15 miligramos por litro de aire espirado (0,10 en la actualidad).

La Dirección General de Tráfico ultima las nuevas medidas que se incluirán en una próxima reforma del Reglamento General de Circulación, enfocada a aumentar la seguridad de los usuarios más vulnerables: peatones, ciclistas, usuarios de VMP, ciclomotores y motos. Estas medidas son el resultado de un trabajo comenzado hace más de tres años.

Resumimos las principales medidas propuestas por partes.

Movilidad peatonal: aparcamiento en aceras y #Abusharing

Las aceras serán exclusivas de los peatones y “se restringirá al máximo la circulación y el estacionamiento de vehículos con el fin de proteger a las personas, sobre todo las personas con movilidad reducida“. Si bien es una medida muy esperada y deseada por nosotros y seguro que también por colectivos en defensa de la movilidad peatonal, queda abierto el margen de restricción de estacionamiento de vehículos en aceras. Tendrá que concretarse en la reforma del RGC.

No se prohíbe el estacionamiento de vehículos en aceras totalmente y habrá que ver en qué queda, pues la ordenación del tráfico es competencia municipal y existen mecanismos actualmente para permitir el estacionamiento pasando por encima de cualquier restricción. Esperamos que esta medida suponga el fin del #Abusharing.

Patinetes de sharing ilegalmente aparcados en Madrid.
Patinetes de sharing ilegalmente aparcados en Madrid.

Tampoco se habla de prohibir totalmente la circulación de vehículos por las aceras, por lo que tampoco somos optimistas en cuanto a la eliminación de las aceras bici, los carriles bici en aceras o los carriles bici en el ámbito peatonal de las paradas de transporte público. Estas infraestructuras son un riesgo para peatones y usuarios de transporte público, en especial para personas con movilidad reducida, personas con discapacidad visual o con problemas para interpretar el entorno. También suponen un alto riesgo para los usuarios de bicicletas y VMP, aunque gozan de aceptación por la “seguridad percibida“.

También se prevé prohibir las plazas de aparcamiento en las inmediaciones de los pasos de peatones para aumentar la visibilidad y facilitar la accesibilidad, algo que ya estaba contemplado en la instrucción 4/2017 del Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, y que llevamos años intentando hacer cumplir al Ayuntamiento de Madrid para que no sitúe, por ejemplo, aparcabicis en aceras y zonas peatonales.

Un caso especial de la reforma del Reglamento: caminos escolares seguros

El nuevo Reglamento General de Circulación reconocerá los “caminos escolaresseguros para proteger mejor a niños y personas de edad avanzada o con movilidad reducida. Una medida aún sin concreción.

Ciclistas y usuarios de VMP

Las bicicletas circularán por la calzada y preferentemente por el centro del carril. Una medida que ya está incorporada en muchas Ordenanzas de Tráfico y Movilidad municipales, nuestro consejo más repetido para la circulación de bicicletas en cualquier municipio y que ahora podrá verse incluida en la reforma del Reglamento General de Circulación. Por tanto, la medida será válida en todo el país.

Se establece también una distancia de seguridad con los ciclistas de al menos cinco metros con la bicicleta que circule por delante de un vehículo a motor.

Los usuarios de VMP deberán usar casco homologado de forma obligatoria y portar, al menos, un elemento luminoso o retrorreflectante en situaciones de baja visibilidad o por la noche.

Quienes usen de forma profesional ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal deberán usar chaleco reflectante de alta visibilidad en vías urbanas. Esto, aunque puede suponer una incomodidad adicional, quizá sea debido a la situación de la iluminación en estos vehículos.

En situaciones de atasco en vías urbanas se permitirá a las bicicletas rebasar vehículos detenidos por derecha e izquierda. Algo que ya estaba de facto permitido con ciertas limitaciones.

Se introduce también la posibilidad de regular que los ciclistas circulen en sentido contrario en calles de un único carril con limitación de velocidad máxima de 30 km/h. Actualmente en Madrid esto está permitido si se trata de una calle residencial con límite de 20 Km/h. Esta medida eliminaría la condición de que la calle esté señalizada con la señal S-28 y aumentaría el limite máximo de velocidad de la vía en la que esto estaría permitido.

Señal S-28 "calle residencial".
Señal S-28 “calle residencial”.

Ciclistas en carretera

En carretera se suprimirá la excepción del uso del casco en pendientes ascendentes prolongadas, por razones médicas o en condiciones extremas de calor para los ciclistas, con lo que el casco en bicicleta será obligatorio siempre en carretera y sin excepciones.

En cuanto a los adelantamientos a ciclistas con vehículos a motor, éstos deben ir como máximo a 20 km/h menos que el límite de velocidad de la vía. Además se debe dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros y en algunos supuestos se deberá cambiar por completo de carril. Suponemos que seguirá siendo obligatorio invadir parcial o totalmente el sentido contrario en caso de haber sólo un carril por sentido y será obligatorio cambio de carril por completo si existe más de un carril por sentido.

Los ciclistas en carretera tendrán que portar al menos un elemento luminoso o retrorreflectante en momentos de escasa visibilidad o por la noche para que puedan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.

Resto de vehículos

En vías urbanas, los usuarios profesionales de motos, ciclomotores, al igual que en el caso de usuarios profesionales de ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal, deberán usar chaleco reflectante de alta visibilidad. Además, todos los usuarios de motos y ciclomotores tendrán que usar calzado cerrado obligatoriamente.

Además los cascos de quienes viajen en ciclomotor deben estar obligatoriamente homologados y no solamente certificados. Sus conductores y pasajeros también deben llevar guantes de protección y calzado cerrado en cualquier vía.

Se establecerán normas para el estacionamiento de las autocaravanas o se permitirá que los ayuntamientos puedan sancionar cuando se incumplan las condiciones reglamentarias.

Resto de vehículos en carretera

Respecto a los motoristas, se permitirá que circulen por el arcén cuando haya retenciones y se obligará a sus conductores y pasajeros a llevar guantes de protección y casco integral o modular. También será obligatorio usar calzado cerrado en motos y ciclomotores, como en el caso de las vías urbanas.

Los autobuses tendrán limitada la velocidad máxima en carretera a 80 km/h cuando viajen pasajeros de pie o si el autobús carece de cinturones de seguridad.

En autovías y autopistas, los vehículos deberán circular por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los vehículos de emergencia y quitanieves, además de deber orillarse para dejar un carril de emergencia cuando haya retenciones importantes.

Modelo Madrid diseña carteles sobre las normas de circulación que afectan a bicicletas para ofrecerlos al Ayuntamiento de Madrid

Modelo Madrid propone difundir las principales normas de circulación que afectan al tráfico de bicicletas con el objetivo de que sean conocidas por autoridades y ciudadanía. Su objetivo es aumentar el respeto por los medios de transporte no motorizados. Para ello propone carteles en formato DIN y MUPI que puedan ser expuestos en los elementos de mobiliario urbano.

Actualizado: 14/04/2022 13:13h

Sólo hay que dar un paseo caminando o en bici por Madrid para encontrarse con disputas por circunstancias de tráfico. Normalmente no estamos implicados. Los implicados suelen ser terceros. Detrás de cada pitido que se oye suele haber alguien que protesta. Sin entrar a valorar la ilegalidad de usar señales acústicas indebidamente ni la contaminación acústica que esto supone en la ciudad, en muchos casos esas protestas parten de puro desconocimiento de la normativa. Muy pocos habitantes de Madrid conocen la Ordenanza de Movilidad Sostenible y, sin embargo, todos son usuarios de la vía pública.

La Ordenanza de Movilidad Sostenible: esa gran desconocida

A pesar de llevar en vigor desde el 30 de octubre de 2018 y haber sido aprobada su última modificación el 21 de septiembre de 2021, son muchas las personas que la desconocen. El Ayuntamiento de Madrid no hace el esfuerzo necesario para llegar al ciudadano e informarle de algo tan básico como es la normativa que regula cómo se debe transitar por Madrid.

El desconocimiento de la normativa, además, se vuelve algo sangrante cuando se detecta en profesionales del transporte de personas, como taxistas o conductores de autobuses. Peor aún es que incluso la propia autoridad competente en materia de movilidad y seguridad vial, que en Madrid es la Policía Municipal de Madrid, desconozca la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Y esto ocurre, por desgracia.

En Modelo Madrid estamos preocupados por el respeto a todas las opciones de movilidad que hagan mejores a los municipios de la Comunidad de Madrid. En ese sentido, bicicletas y VMP son opciones de transporte muy convenientes para muchos desplazamientos. Sin embargo, no resultan del todo atractivos si se circula con ellos sin conocer sus derechos y obligaciones, como tampoco resulta atractivo tener que escuchar pitidos de protesta o sermones de conductores de motorizados que desconocen la norma.

Desconocer la normativa trae consecuencias

Son muchos los ciclistas que no circulan correctamente. Esto se puede comprobar en cualquier calle, observando algo tan básico como la posición en el carril de los ciclistas. Es probable que por circular por carriles bus u orillados a la derecha se encuentren en situaciones de peligro o conflicto. Por desconocer la normativa y unas indicaciones básicas que le aportarán seguridad para circular, es posible que al verse en esas situaciones puedan pensar equivocadamente que el tráfico de Madrid es hostil para la bici. Incluso sabemos de casos de abandono de la bici por este tipo de circunstancias, fácilmente evitables si se circula de acuerdo a la normativa.

Usar un medio de transporte que, por puro desconocimiento o por miedos inoculados en la infancia, es siempre injustamente señalado como peligroso, a veces requiere un cambio de chip en lo que a esa creencia se refiere. Porque no es más que una creencia. Con los datos en la mano, la bicicleta muestra cifras de siniestralidad por kilómetro recorrido muchísimo más bajas que cualquier medio motorizado. Sólo hay que profundizar un poco en los datos abiertos que el Ayuntamiento de Madrid ofrece para saberlo. Algo que llevan tiempo haciendo en “En Bici por Madrid“, por ejemplo, y que han plasmado en diferentes artículos como este o nuestro último artículo sobre la reducción de accidentes de bicicletas en Madrid con el análisis de los datos disponibles hasta 2021.

La oferta de Modelo Madrid al Ayuntamiento de Madrid: carteles para difundir la normativa y aumentar el respeto

Por todo lo expuesto anteriormente, Modelo Madrid ofrece al Ayuntamiento de Madrid una serie de carteles diseñados en formato DIN y MUPI que pueden ser utilizados en elementos de mobiliario urbano con soporte publicitario y visible desde la calzada, en marquesinas de paradas de autobús EMT o espacios estanciales, para recordar a todos los usuarios de las vías, madrileños o personas de paso en Madrid, lo que la Ordenanza de Movilidad Sostenible establece en lo que se refiere a las normas de circulación que afectan a las bicicletas.

Estos carteles son válidos para cualquier otro Ayuntamiento que disponga de soportes publicitarios en el mismo formato, modificando de forma sencilla los mensajes y la normativa a la cual se refieren.

Plantillas de Mock-up de MUPIs gracias a mockupgratis.com.

Modificación de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en vigor desde hoy

Modificación de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en vigor desde hoy

Nuevas normas para conductores de vehículos a motor, ciclomotores, bicicletas y VMP en la modificación de la Ley de Tráfico, Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

La DGT pretende aumentar la seguridad de todos los usuarios de las vías, especialmente los más vulnerables, tomando algunas medidas ya vigentes en Ordenanzas de Movilidad, como la de Madrid.

Hoy entran en vigor las modificaciones de la Ley sobre Tráfico, Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobadas en el año 2021.

Nuevas normas para conductores de vehículos a motor

CTBA Madrid. Foto de Julio GM en Pexels.com
CTBA Madrid. Foto de Julio GM en Pexels.com
  • En carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar la velocidad máxima permitida al adelantar a otros vehículos.
  • No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, podría acarrear la pérdida de 4 puntos.
  • Conducir sujetando con la mano el teléfono móvil puede acarrear la pérdida de 6 puntos.
  • Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos.
  • Los vehículos que deseen adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Si la vía solo tiene un carril, es obligatorio mantener al menos la separación mínima de 1,5 metros, pudiendo para ello ocupar parte o la totalidad del carril contrario.
  • El incumplimiento de estas normas de adelantamiento constituye infracción grave, acarreando una multa de 200 €.
  • Adelantar poniendo en peligro, entorpeciendo o no dejando el mínimo de 1,5 metros de distancia lateral supondrá la pérdida de 6 puntos.
  • Los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales.
  • Es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).
  • Está prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
  • Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Llevar uno de estos dispositivos supone la pérdida de 3 puntos.
  • Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
  • Ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir.
  • Está prohibido utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente cuando te presentas a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.

Nuevas normas para conductores de ciclomotores

  • Si tienes una moto o un ciclomotor, puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación.
  • No usar el casco o no hacerlo de forma adecuada conlleva pérdida de 4 puntos.

Nuevas normas para conductores de vehículos de movilidad personal (VMP)

VMP en la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial
  • Si eres menor de edad y conduces un VMP, tu tasa de alcohol máxima es 0,0.
  • Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) no pueden circular por autopistas y autovías.

Nuevas normas para usuarios de bicicleta

Movilidad ciclista en la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial
  • Los vehículos que deseen adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Si la vía solo tiene un carril, es obligatorio mantener al menos la separación mínima de 1,5 metros, pudiendo para ello ocupar parte o la totalidad del carril contrario.
  • El incumplimiento de estas normas de adelantamiento constituye infracción grave, acarreando una multa de 200 €.
  • Adelantar poniendo en peligro, entorpeciendo o no dejando el mínimo de 1,5 metros de distancia lateral supondrá la pérdida de 6 puntos.
  • Si eres menor de edad y conduces una bicicleta, tu tasa de alcohol máxima es 0,0.
  • Está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas. Se considera una infracción grave, por lo que la cuantía de la sanción asciende a 200 €.