La DGT ultima reforma del Reglamento General de Circulación
DGT anuncia las nuevas medidas incluidas en la reforma del Reglamento General de Circulación, que cambian sustancialmente en el caso de usuarios vulnerables.
Para todos los usuarios de vehículos, se reducen las tasas de alcoholemia para conductores noveles y profesionales a 0,20 gramos por litro de alcohol en sangre (el límite ahora es de 0,30) o 0,15 miligramos por litro de aire espirado (0,10 en la actualidad).
La Dirección General de Tráfico ultima las nuevas medidas que se incluirán en una próxima reforma del Reglamento General de Circulación, enfocada a aumentar la seguridad de los usuarios más vulnerables: peatones, ciclistas, usuarios de VMP, ciclomotores y motos. Estas medidas son el resultado de un trabajo comenzado hace más de tres años.
Resumimos las principales medidas propuestas por partes.
Movilidad peatonal: aparcamiento en aceras y #Abusharing
Las aceras serán exclusivas de los peatones y “se restringirá al máximo la circulación y el estacionamiento de vehículos con el fin de proteger a las personas, sobre todo las personas con movilidad reducida“. Si bien es una medida muy esperada y deseada por nosotros y seguro que también por colectivos en defensa de la movilidad peatonal, queda abierto el margen de restricción de estacionamiento de vehículos en aceras. Tendrá que concretarse en la reforma del RGC.
No se prohíbe el estacionamiento de vehículos en aceras totalmente y habrá que ver en qué queda, pues la ordenación del tráfico es competencia municipal y existen mecanismos actualmente para permitir el estacionamiento pasando por encima de cualquier restricción. Esperamos que esta medida suponga el fin del #Abusharing.
Tampoco se habla de prohibir totalmente la circulación de vehículos por las aceras, por lo que tampoco somos optimistas en cuanto a la eliminación de las aceras bici, los carriles bici en aceras o los carriles bici en el ámbito peatonal de las paradas de transporte público. Estas infraestructuras son un riesgo para peatones y usuarios de transporte público, en especial para personas con movilidad reducida, personas con discapacidad visual o con problemas para interpretar el entorno. También suponen un alto riesgo para los usuarios de bicicletas y VMP, aunque gozan de aceptación por la “seguridad percibida“.
También se prevé prohibir las plazas de aparcamiento en las inmediaciones de los pasos de peatones para aumentar la visibilidad y facilitar la accesibilidad, algo que ya estaba contemplado en la instrucción 4/2017 del Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, y que llevamos años intentando hacer cumplir al Ayuntamiento de Madrid para que no sitúe, por ejemplo, aparcabicis en aceras y zonas peatonales.
Un caso especial de la reforma del Reglamento: caminos escolares seguros
El nuevo Reglamento General de Circulación reconocerá los “caminos escolares” seguros para proteger mejor a niños y personas de edad avanzada o con movilidad reducida. Una medida aún sin concreción.
Ciclistas y usuarios de VMP
Las bicicletas circularán por la calzada y preferentemente por el centro del carril. Una medida que ya está incorporada en muchas Ordenanzas de Tráfico y Movilidad municipales, nuestro consejo más repetido para la circulación de bicicletas en cualquier municipio y que ahora podrá verse incluida en la reforma del Reglamento General de Circulación. Por tanto, la medida será válida en todo el país.
Se establece también una distancia de seguridad con los ciclistas de al menos cinco metros con la bicicleta que circule por delante de un vehículo a motor.
Los usuarios de VMP deberán usar casco homologado de forma obligatoria y portar, al menos, un elemento luminoso o retrorreflectante en situaciones de baja visibilidad o por la noche.
Quienes usen de forma profesional ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal deberán usar chaleco reflectante de alta visibilidad en vías urbanas. Esto, aunque puede suponer una incomodidad adicional, quizá sea debido a la situación de la iluminación en estos vehículos.
En situaciones de atasco en vías urbanas se permitirá a las bicicletas rebasar vehículos detenidos por derecha e izquierda. Algo que ya estaba de facto permitido con ciertas limitaciones.
Se introduce también la posibilidad de regular que los ciclistas circulen en sentido contrario en calles de un único carril con limitación de velocidad máxima de 30 km/h. Actualmente en Madrid esto está permitido si se trata de una calle residencial con límite de 20 Km/h. Esta medida eliminaría la condición de que la calle esté señalizada con la señal S-28 y aumentaría el limite máximo de velocidad de la vía en la que esto estaría permitido.
Ciclistas en carretera
En carretera se suprimirá la excepción del uso del casco en pendientes ascendentes prolongadas, por razones médicas o en condiciones extremas de calor para los ciclistas, con lo que el casco en bicicleta será obligatorio siempre en carretera y sin excepciones.
En cuanto a los adelantamientos a ciclistas con vehículos a motor, éstos deben ir como máximo a 20 km/h menos que el límite de velocidad de la vía. Además se debe dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros y en algunos supuestos se deberá cambiar por completo de carril. Suponemos que seguirá siendo obligatorio invadir parcial o totalmente el sentido contrario en caso de haber sólo un carril por sentido y será obligatorio cambio de carril por completo si existe más de un carril por sentido.
Los ciclistas en carretera tendrán que portar al menos un elemento luminoso o retrorreflectante en momentos de escasa visibilidad o por la noche para que puedan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.
Resto de vehículos
En vías urbanas, los usuarios profesionales de motos, ciclomotores, al igual que en el caso de usuarios profesionales de ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal, deberán usar chaleco reflectante de alta visibilidad. Además, todos los usuarios de motos y ciclomotores tendrán que usar calzado cerrado obligatoriamente.
Además los cascos de quienes viajen en ciclomotor deben estar obligatoriamente homologados y no solamente certificados. Sus conductores y pasajeros también deben llevar guantes de protección y calzado cerrado en cualquier vía.
Se establecerán normas para el estacionamiento de las autocaravanas o se permitirá que los ayuntamientos puedan sancionar cuando se incumplan las condiciones reglamentarias.
Resto de vehículos en carretera
Respecto a los motoristas, se permitirá que circulen por el arcén cuando haya retenciones y se obligará a sus conductores y pasajeros a llevar guantes de protección y casco integral o modular. También será obligatorio usar calzado cerrado en motos y ciclomotores, como en el caso de las vías urbanas.
Los autobuses tendrán limitada la velocidad máxima en carretera a 80 km/h cuando viajen pasajeros de pie o si el autobús carece de cinturones de seguridad.
En autovías y autopistas, los vehículos deberán circular por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los vehículos de emergencia y quitanieves, además de deber orillarse para dejar un carril de emergencia cuando haya retenciones importantes.